Resolución Expediente Acta Nº
Nº 453/023 0292-69-001-2023 52/2023
 
Referencia
CRITERIOS DE CÁLCULO DEL SRV PARA EL EJERCICIO 2023
 
Resolución
VISTO el expediente 0292-69-001-2023, relacionado con la necesidad de determinar la manera de evaluar el cumplimiento de metas e indicadores para cumplir con el Sistema de Remuneración Variable (SRV) del 2023;
RESULTANDO: I) que a tales efectos es que Coordinación de Procesos elaboró una propuesta de cálculo del SRV 2023;
II) que el Decreto 454/2022, que aprueba el presupuesto de Ursea, en su artículo 45 regula lo relativo al SRV;
CONSIDERANDO: I) que el Sistema de Remuneración Variable (SRV) tiene como marco el Acuerdo firmado entre el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y la Mesa Sindical Coordinadora de Entes (MSCE) el 28/06/2013, el Acta de Confirmación  del Acuerdo firmada el 28/11/2013, el Acta firmada el 07/03/2014 en sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), así como la previsiones específicas contenidas en el decreto aprobatorio del presupuesto de la Ursea;
II) que corresponde resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por la Ley N° 17.598 de 13 de diciembre de 2002 en su redacción actual y Decreto N° 454/022 de 30 de diciembre de 2022;

EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:

1.- Aprobar los criterios de cálculo de la partida del Sistema de Remuneración Variable para el ejercicio 2023 detallados en el informe que se adjunta.
2.- Remitir a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para su consideración.
3.- Comuníquese a los funcionarios, publíquese en el sitio web de esta Unidad Reguladora y oportunamente archívese.
4.- Dejar sin efecto la Resolución N° 366/023 de fecha 11/07/2023.
 
 
Archivos Adjuntos
SRV 2023.pdf
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 52/2023 de fecha 08/18/2023